El Consejo Escolar se constituye como instrumento de participación democrática en la gestión educativa que afecta al municipio.
COMPETENCIAS
El Consejo Escolar Municipal será consultado preceptivamente en lo siguiente:
a) Disposiciones municipales que afecten a los asuntos educativos.
b) Fijación, distribución y gestión de los recursos que en materia de educación, corresponde invertir a los Ayuntamientos y aquellos otros fondos que discrecionalmente se incluyan en los presupuestos municipales para acciones educativas.
c) Convenios y acuerdos de colaboración con la Administración municipal con otras Administraciones públicas y entes privados, que afecten a la enseñanza dentro del ámbito municipal.